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Sanciones LOPD

La cuantía de las sanciones que impone la LOPD se gradúa atendiendo a la naturaleza de los derechos personales afectados, al volumen de los tratamientos efectuados, a los beneficios obtenidos, al grado de intencionalidad, a la reincidencia, a los daños y perjuicios causados a las personas interesadas y a cualquier otra circunstancia que sea relevante para determinar el grado de culpabilidad.

Son infracciones leves: Sanciones entre 601,01€ y 60.101,21€
  • No solicitar la inscripción del fichero en la Agencia Española de Protección de Datos (AEDP)
  • Recopilar datos personales sin informar previamente
  • No atender a las solicitudes de rectificación o cancelación
  • No atender las consultas por parte de la AGPD.
Son infracciones graves: Sanciones entre 60.101,21€ y 300.506,25€
  • No inscribir los ficheros en la AGPD.
  • Utilizar los ficheros con distinta finalidad con la se crearon.
  • No tener el consentimiento del interesado para recabar sus datos personales
  • No permitir el acceso a los ficheros.
  • Mantener datos inexactos o no efectuar las modificaciones solicitadas
  • No seguir los principios y garantías de la LOPD
  • Tratar datos especialmente protegidos sin la autorización del afectado
  • No remitir a la AGPD las notificaciones previstas en la LOPD.
  • Mantener los ficheros sin las debidas condiciones de seguridad.
Son infracciones muy graves: Sanciones entre 300.506,25€ y 601.012,1€
  • Crear ficheros para almacenar datos que revelen datos especialmente protegidos.
  • Recogida de datos de manera engañosa o fraudulenta.
  • Recabar datos especialmente protegidos sin la autorización del afectado.
  • No atender u obstaculizar de forma sistemática las solicitudes de cancelación o rectificación.
  • Vulnerar el secreto sobre datos especialmente protegidos.
  • La comunicación o cesión de datos cuando ésta no esté permitida.
  • No cesar en el uso ilegítimo a petición de la AGPD.
  • Tratar los datos de forma ilegítima o con menosprecio de principios y garantías que le sean de aplicación.
  • No atender de forma sistemática los requerimientos de la AGPD.
  • La transferencia temporal o definitiva de datos de carácter personal con destino a países sin nivel de protección equiparable o sin autorización
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