Plan Nacional de nombres de dominio ".es"

Orden CTE/662/2003, de 18 de marzo, por la que se aprueba el Plan Nacional de Nombres de Dominio de Internet bajo el código de País correspondiente a España (".es")

CAPÍTULO I - Disposiciones generales

Primero. Objeto

El objeto del Plan Nacional de Nombres de Dominio de Internet bajo el código de país correspondiente a España (".es") es el desarrollo de los criterios de asignación establecidos en la disposición adicional sexta de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio electrónico.

Segundo. La Autoridad de asignación

  • 1. La entidad pública empresarial Red.es desempeñará la función de autoridad de asignación de nombres de dominio bajo el ".es" de acuerdo con lo dispuesto en las disposiciones adicionales sexta de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones y de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio electrónico
  • 2. La función de asignación consiste en la gestión del Registro de nombres de dominio, incluyendo la implantación, mantenimiento y operación de los equipos, aplicaciones y de las bases de datos necesarias para el funcionamiento del sistema de nombres de dominio de Internet, bajo el código de país correspondiente a España (".es").
    Esta función conlleva la realización de las tareas y la toma de decisiones que sean precisas para asegurar el buen funcionamiento del sistema, incluyendo la aceptación y denegación motivada de peticiones de asignación de nombres de dominio, y la adaptación de los equipos y procedimientos de gestión de acuerdo con la evolución tecnológica
  • 3. La autoridad de asignación garantizará la continuidad ante cualquier contingencia previsible y la calidad del servicio prestado

Tercero. Dominios de segundo y de tercer nivel

Bajo el dominio ".es", podrán asignarse nombres de segundo y tercer nivel, de conformidad con lo establecido en este Plan.

Cuarto. Tipos de nombres de dominio

A los efectos de este Plan, se distinguen los siguientes tipos de nombres de dominio bajo el código de país correspondiente a España (".es"):

  • a) Nombres de dominio regulares. Son aquellos que se asignan conforme a las reglas establecidas en este Plan
  • b) Nombres de dominio especiales. Son aquellos nombres de segundo nivel que la entidad pública empresarial Red.es puede asignar sin sujeción a las reglas establecidas en este Plan, siempre que concurra un notable interés público. En estos casos, la autoridad de asignación podrá someter la utilización del nombre de dominio especial a las condiciones que estime precisas para garantizar el mantenimiento de los requisitos que dieron lugar a su asignación
No obstante lo anterior, los nombres de dominio especiales deberán cumplir, en todo caso, las normas establecidas en el Capítulo IV.